Background |
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I. CONTEXTO DE LA ORGANIZACIÓN La entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las mujeres, ONU Mujeres, basándose en la visión de igualdad consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja para eliminar la discriminación en contra de las mujeres y las niñas; por el empoderamiento de las mujeres, y para lograr la igualdad entre mujeres y hombres como socios y beneficiarios del desarrollo, por los derechos humanos, en las acciones humanitarias, en la paz y seguridad. Al colocar los derechos de las mujeres como el eje central de su labor, ONU Mujeres lidera y coordina los esfuerzos del Sistema de las Naciones Unidas para asegurar que los compromisos de igualdad y transversalidad de género se traduzcan en acciones en todo el mundo. Al mismo tiempo, ejerce un liderazgo sustantivo y coherente para apoyar las prioridades y los esfuerzos de los Estados Miembro, construyendo una asociación eficaz con el gobierno, la sociedad civil, así como con otros actores relevantes. Las seis áreas de prioridad son:
Dos acuerdos internacionales forman la base de la labor de ONU MUJERES: la Plataforma de Acción de Beijing, resultante de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en 1995, y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, considerada como la Declaración fundamental de los Derechos de la Mujer. El espíritu de estos acuerdos quedó reafirmado en la Declaración del Milenio y en los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio establecidos para el 2015. Las resoluciones del Consejo de Seguridad, 1325 (2000) sobre la mujer, la paz y la seguridad, y 1820 (2008) sobre la violencia sexual en conflictos, también son referentes fundamentales para la labor de ONU MUJERES en apoyo a las mujeres en situaciones de conflicto y posteriores al conflicto. II. ANTECEDENTES El Estado Plurinacional de Bolivia cuenta con importante normativa para trabajar en la erradicación de la violencia contra las mujeres y compromete a las y los servidores públicos en trabajar en el cumplimiento de esta normativa. En ese sentido, el artículo N° 232 de la Constitución Política del Estado dispone que la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados. Por su parte, el artículo N° 235 del texto constitucional establece que son obligaciones de los servidores públicos cumplir con la Constitución y las leyes, así como cumplir con sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública y rendir cuenta sobre las responsabilidades económicas, políticas, técnicas y administrativas en el ejercicio de la función pública. La Ley N° 348 del 09 de marzo del 2013, Ley Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia, tiene el objeto de “…establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción de los agresores, con la finalidad de garantizar a las mujeres una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos para vivir bien…”. La citada Ley incorporo en el Código Penal el delito de Feminicidio, con detalle de nueve circunstancias, y una sanción de treinta años de presidio, sin derecho a indulto, a quien cometa este crimen. El Articulo N° 158, de la Constitución Política del Estado, establecen en sus numerales 17 y 19, que la Asamblea Legislativa Plurinacional tiene las atribuciones de: “…17. Controlar y Fiscalizar los Órganos del Estado y las instituciones públicas (…). 19. Realizar investigaciones en el marco de sus atribuciones fiscalizadoras, mediante la comisión o comisiones elegidas para el efecto, sin perjuicio del control que realicen los órganos competentes…”. En su parágrafo II, estipula que: “…la organización y las funciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional se regularan por el Reglamento de la Cámara de Diputados…”. El Reglamento General de la Cámara de Diputados en sus Artículos 48 y 49 establecen que: “…La Cámara por voto de mayoría absoluta, podrá crear Comisiones Especiales y/o Mixtas…, para el tratamiento de asuntos cuyo carácter requiera tramitación extraordinaria…”. El citado Reglamento, en su artículo 130, señala que: “…Las Resoluciones emanadas por esta instancia son disposiciones obligatorias, en el marco y ejercicio de sus competencias y atribuciones…”. Asimismo, en el mes de septiembre del 2019 la Asamblea Legislativa Plurinacional en su undécima sesión ordinaria del 17 del mes mencionado, mediante R.A.L.P. NO. 011/2019-2020 aprobó la creación de la Comisión Especial Mixta de Investigación sobre la Retardación en la Atención y Resolución de casos de Feminicidios. Desde el 2013 a la fecha, en Bolivia se han registrado 698 casos de feminicidio. Según el informe del Ministerio Público en la gestión 2020 se han registrado 113 casos de feminicidio, de los cuales, 12 tienen sentencia, 10 están con extinción por muerte del agresor, 65 en etapa preparatoria (con detención preventiva), 20 etapa preliminar y 6 con rechazo (Ministerio Público, diciembre de 2020). En este contexto, la Comisión Mixta asume la tarea de hacer seguimiento a los diferentes casos de retardación, y exigir celeridad oportuna para que ningún caso quede en la impunidad. Finalmente, el 17 de diciembre del 2020, se repone la creación de una Comisión Especial Mixta, de acuerdo a Resolución Camaral de la Asamblea Legislativa Plurinacional R.A.L.P. No. 003/2020-2021, misma que fue aprobada por 2/3 de votos, constituyéndose en un hito histórico para encarar la lucha contra la violencia hacia las mujeres y la niñez.
III. OBJETIVO DE LA CONSULTORÍA Objetivo General: Brindar asistencia técnica y legal a la Comisión Especial Mixta de Investigación sobre la Retardación en la Atención y Resolución de casos de Feminicidios. Objetivos específicos:
IV. RESULTADO ESPERADO DE LA CONSULTORÍA El resultado de la consultoría contribuirá a impulsar medidas y estrategias de acción para trabajar en la atención y resolución oportuna de los casos de feminicidio en Bolivia |
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Duties and Responsibilities |
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V. RESPONSABILIDADES DE EL/LA CONSULTOR/A En estrecha coordinación con la Comisión Especial Mixta de Investigación Sobre la Retardación en la Atención y Resolución de Casos de Feminicidios de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia y Oficina de ONU Mujeres en Bolivia, tendrá que realizar las siguientes actividades:
VI. PRODUCTOS A ENTREGAR PARA EL ALCANCE DE LOS OBJETIVOS El/La consultor/a deberá presentar para su aprobación, los siguientes productos, en los plazos especificados, en formato digital, e impreso (una vez que esté aprobado) a la Comisión Especial Mixta de Investigación Sobre la Retardación en la Atención y Resolución de Casos de Feminicidios de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia y a ONU Mujeres:
La remuneración para este tipo de contrato es todo-incluido, la organización no asumirá otros costos o beneficios. Por lo tanto, es responsabilidad del consultor/a contar con seguro médico por el periodo del contrato y se recomienda que incluya cobertura médica para enfermedades relacionadas a COVID-19. La cobertura médica deberá ser internacional en los casos que el contrato requiera misiones o asignación en internacional. De ser seleccionado/a para esta vacante, se requerirá presentar prueba de cobertura médica dentro de los dos primeros meses de contrato. VII. FORMA DE PAGO Los pagos se realizarán según el siguiente esquema de desembolsos en un periodo máximo de 15 días hábiles luego de la entrega de los productos, previamente aceptados en conformidad y validados por ONU Mujeres.
VIII. SUPERVISIÓN DE LA CONSULTORÍA Y OTROS ASPECTOS LOGÍSTICOS Para el buen desarrollo de la consultoría ONU Mujeres presentara a el/la Consultor/a los insumos relevantes necesarios y toda la información que facilite y enriquezca el contexto de el/la consultor/a. La consultoría no contempla viajes, traslados, ni dietas. La supervisión del desarrollo de la consultoría será realizada por la Comisión Especial Mixta de Investigación Sobre la Retardación en la Atención y Resolución de Casos de Feminicidios de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia en coordinación con el/la Oficial designada en la Oficina de ONU Mujeres. a) Indicadores de rendimiento
En el contexto actual de la crisis debido al COVID-19, no se prevé viajes para esta consultoría, sino trabajo remoto y virtual. Esto puede cambiar pasada la situación actual de crisis. La presentación de informes, deberá sujetarse a las especificaciones y requerimientos establecidos en los presentes términos de referencia. La consultoría se desarrollará sobre la base de suma alzada, y contempla todos los costos asociados al desarrollo de el/los producto/s establecidos. |
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Competencies |
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IX. COMPETENCIAS Valores de la organización y principios rectores Integridad:
Profesionalismo:
Sensibilidad cultural y diversidad de valores:
Competencias de la Organización: Ética y valores:
Conocimiento organizacional:
Trabajo en equipo:
Comunica y comparte información:
Autogestión e inteligencia emocional:
Manejo de conflictos:
Aprendizaje continuo y conocimiento compartido:
Toma de decisión adecuada y transparente:
X. DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por ONU Mujeres al consultor/a para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente contrato deberá permanecer con ONU Mujeres y dicho equipamiento deberá devolverse a ONU Mujeres al finalizar el presente contrato o cuando ya no sea necesario para la persona consultora. Dicho equipamiento, al momento de devolverlo a ONU Mujeres, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado al consultor/a, sujeto al deterioro normal. La persona consultora será responsable de compensar a ONU Mujeres por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo. ONU Mujeres tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derecho de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que la persona consultora haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución de la presente consultoría, y la persona consultora reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación de ONU Mujeres. Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad de la persona consultora/contratista: i) que existían previamente al desempeño de la persona consultora de sus obligaciones en virtud del presente contrato, o ii) que la persona consultora/ contratista pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente contrato, ONU Mujeres no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y la persona consultora/ contratista concederá a ONU Mujeres una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente contrato. A solicitud de ONU Mujeres, la persona consultora/contratista deberá seguir todos los pasos necesarios, legalizar todos los documentos necesarios y generalmente deberá garantizar los derechos de propiedad y transferirlos a ONU Mujeres, de acuerdo con los requisitos de la ley aplicable y del presente contrato. Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe, cálculo, recomendación, documento y todo información compilada o recibida por la persona consultora en virtud del presente contrato será de propiedad de ONU Mujeres y deberá encontrase a disposición de ONU Mujeres para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a personal autorizados de ONU Mujeres al concluir los trabajos previstos en virtud del presente contrato.
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Required Skills and Experience |
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XI. CALIFICACIONES PARA LA CONTRATACION Formación académica
Experiencia profesional
XII. CONTRIBUCIONES PREVIAS DE LA CONSULTORIA La/el consultor/a debe presentar una propuesta técnica sobre el desarrollo de la consultoría que contenga al menos:
Y una propuesta económica en la cual se detalle el valor de la totalidad de servicios de consultoría ( el Consultor deberá presentar la factura de ley correspondiente) en Bolivianos , detallando los costos por honorarios; gastos de viajes, viáticos, transporte (no aplica) y otros (si aplica). En la parte final de estas propuestas asegurarse que cuente con la siguiente información: Nombre: [indicar nombre completo de la persona que firma la propuesta] Firma: Fecha: [Indicar fecha de firma de la propuesta] Favor considerar que tanto la propuesta técnica como la propuesta económica deben contener la firma del proponente, en caso de que las propuestas no estén firmadas no serán consideradas. La/el consultor/a debe presentar una propuesta técnica sobre el desarrollo de la consultoría. Esta propuesta incluirá los contenidos de su participación específica, metodología a ser aplicada y las orientaciones para lograr el objetivo y los resultados. Además, definirá los materiales y apoyos logísticos de ser requeridos. La propuesta será presentada al supervisor/a y se ajustará según las observaciones y contribuciones recibidas.
XIII. ADJUDICACION Se seleccionará al oferente que obtenga la mayor puntuación, considerando los siguientes coeficientes para determinar el puntaje combinado, técnico-económico: Calificación de CVs = 30% Propuesta técnica = 40 % Propuesta económica = 30% Total 100%
XIV. REQUISITOS PARA PARTICIPAR Los/as interesados/as) deben realizar su aplicación a más tardar el 5 de mayo de 2021. La aplicación consiste en dos pasos: Primer paso: Aplicación en línea, a través del sistema (UNDP Jobs) se debe subir (EN UN SOLO DOCUMENTO PDF) i) formulario P-11 completo en español y firmado; ii) copia de cédula de identidad; y, iii) copia/s escaneada del diploma/s que evidencie el cumplimiento del criterio de Formación Académica, todo en UN SOLO DOCUMENTO. Es importante tener en cuenta que el sistema no permite subir más de un documento, por lo tanto, insistimos en asegurarse de cargar debidamente este formulario. En caso de no estar firmado este formulario, o no constar en el sistema, la aplicación no será considerada. La falta del mismo será considerada un incumplimiento por parte del participante. El formulario P-11 puede ser encontrado en el siguiente link: http://www.unwomen.org/en/about-us/employment Segundo paso: enviar en archivos separados la propuesta técnica y la propuesta económica, debidamente firmados, al correo electrónico: [email protected], haciendo referencia al presente proceso de selección. En caso de no estar firmados alguno de estos dos documentos, la aplicación no será considerada. Es importante tener en cuenta que el sistema no permite subir más de un documento, por lo tanto, los archivos conteniendo las propuestas técnica y económica deben enviarse al correo electrónico ya mencionado. ONU MUJERES contactará únicamente a la persona seleccionada. ONU Mujeres está comprometida con la diversidad en el mundo del trabajo en términos de género, raza, etnia, nacionalidad y cultura. Mujeres y demás personas pertenecientes a grupos de afrodescendientes, indígenas, LGBTTI, con discapacidad, que viven con el VIH y otras minorías son incentivadas a presentarse. |
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